Ayudas RENHATA 2022

ESTIMACIÓN AYUDAS

Si quieres saber una estimación de las ayudas que puedes obtener rellena el siguiente formulario y te informamos:

https://forms.gle/mAB1Keox1yRcaKV97

En AC Ingeniería y Arquitectura te ayudamos a tramitar las ayudas RENHATA 2022 para la reforma de cocinas y baños que ha puesto en marcha la Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Consigue una ayuda mínima garantizada del 5% y entre un 25%-45% extra en función de los puntos de baremación. El plazo máximo para la solicitud de estas ayudas es el 13 de abril de 2022.

BAREMACIÓN

La baremación depende la calidad constructiva de la vivienda, grado de discapacidad y de criterios de sostenibilidad.

CALIDAD CONSTRUCTIVA DE LA VIVIENDA

La calidad constructiva de la vivienda la podemos saber introduciendo la referencia catastral de su vivienda en ESTE ENLACE

– En viviendas con categoría constructiva catastral 7, 8 o 9: 10 puntos.
– En viviendas con categoría constructiva catastral 6: 8 puntos.
– En viviendas con categoría constructiva catastral 5: 5 puntos.
– En viviendas con categoría constructiva catastral 4: 3 puntos.
– En viviendas con categoría constructiva catastral 1, 2, o 3: 1 punto.

GRADO DE DISCAPACIDAD

– Grado de discapacidad igual o superior al 33 e inferior al 65 por
100: 3 puntos.

– Grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100: 5 puntos.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD

Dependiendo de unos criterios de sostenibilidad, los cuales se indican en la base duodécima Criterios de sostenibilidad de la ORDEN 3/2020, de 24 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de reforma interior de vivienda, plan Renhata se pueden obtener entre 0 y 9 puntos.

CUANTÍAS DE LAS AYUDAS

El importe del presupuesto subvencionable estará entre 2.000€ y un máximo de 12.000€. Las subvenciones serán las siguientes:

a) Una subvención básica, para todos los solicitantes que cumplan los requisitos para recibir las ayudas y aporten toda la documentación requerida, del 5 por 100 del presupuesto protegible de las obras, con un máximo de 600 euros.

b) Una subvención adicional primera, en función de los puntos obtenidos en el baremación de las solicitudes, con los porcentajes y las cuantías máximas siguientes:

– Puntuación: entre 1 y 5 puntos; porcentaje sobre presupuesto protegido: 25%; cuantía máxima subvención adicional: 3.000 euros.
– Puntuación: entre 6 y 10 puntos; porcentaje sobre presupuesto protegido: 30%; cuantía máxima subvención adicional: 3.600 euros.
– Puntuación: entre 11 y 15 puntos; porcentaje sobre presupuesto protegido: 35%; cuantía máxima subvención adicional: 4.200 euros.

c) Una subvención adicional segunda en función de los puntos obtenidos, atendiendo a las actuaciones que, siguiendo los criterios de sostenibilidad se contemplan en la base duodécima, con los porcentajes y las cuantías máximas siguientes:

– Puntuación: entre 3 y 6 puntos; porcentaje sobre presupuesto protegido: 5%; cuantía máxima subvención adicional segunda: 600 euros.
– Puntuación: entre 7 y 10 puntos; porcentaje sobre presupuesto protegido: 10%; cuantía máxima subvención adicional segunda: 1.200 euros.

Las subvenciones reguladas en los apartados b) y c) sólo se concederán a las solicitudes que, una vez ordenadas según los criterios de baremación regulados en la base undécima, agoten la partida presupuestaria destinada a estas ayudas una vez descontado el importe total de las subvenciones básicas concedidas del apartado a).

Contacta con nosotros al 965 087 310 y te informamos.